lunes, 1 de diciembre de 2008

MAGALY MEDINA

jueves 16 de octubre de 2008


Hoy, nos enteramos de la sentencia dictada para la señora Magaly Medina a cinco meses de prisión efectiva, por el caso de difamación con el futbolista Paolo Guerrero y de tres meses, por el mismo caso para el productor de Magaly, el señor Ney Guerreo condenado a prisión efectiva.

Es que, hay que recordar que el derecho al buen nombre y a la buena reputación, son derechos reconocidos constitucionalmente. Por su lado, el derecho a la libertad de expresión también es reconocido constitucionalmente, y claro está, estos derechos deben protegerese con todas las herramientas legales existentes y que son de público conocimiento y de obligatorio cumplimiento además.

Por otro lado, también reconocemos el derecho que le asiste a Paolo Guerrero. Pero, ¿se les ha hecho justicia a los tres?. Desde aquí, esperamos que se encuentre la verdad en este caso y que se determine la responsabilidad real de la señora Medina y el señor Guerrero y que si lo sucedido es un abuso, que no proceda y se les reinvindique, sino es así, tendrán que asumir las consecuencias de sus actos como lo dictamine finalmente la ley.

Este hecho, que no tiene precedente, no debe de ninguna manera servir para impedir el ejercicio de nuestro derecho a la libertad de expresión, y si establecer los límites en cuanto los derechos de cada cuidadano y entednder que de la mano de nuestros derechos están nuestras obligaciones.

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